Equidad de Género en los Órganos Electorales
Contenido principal del artículo
Resumen
Este artículo analiza la equidad de género en los órganos electorales, especialmente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para conocer cuáles han sido los principales problemas a los que se ha enfrentado, además de los criterios de interpretación al respecto.
This paper analyzes gender equality in electoral bodies , especially the Federal Electoral Tribunal to know what were the main problems that has , in addition to the criteria of interpretation about it faced.
Descargas
Detalles del artículo
Citas
Aparicio Castillo, Francisco Javier (2011). Cuotas de género en México. Temas selectos de derecho electoral, TEPJF, México.
Aragón Castro, Laura Lizette (2011). Alcances y límites de las acciones afirmativas a favor de las mujeres en los órganos electorales. Serie comentarios a las sentencias del Tribunal Electoral, TEPJF, México.
Barquet Montané, Mercedes (2012). De la in/utilidad de la cuota de género: La diputada que no quería ser. Serie comentarios a las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, TEPJF, México.
Bustillo Marín, Roselia (2013). “Línea jurisprudencial: Equidad de Género y Justicia Electoral. México: TEPJF”, disponible en: http://www.te.gob.mx/ccje/Archivos/Equidad_genero_justicia_electoral.pdf.
Casarín Martínez, Angélica (2011). Democracia, Género y Justicia Electoral en México. Cuadernos de Divulgación de la Justicia Electoral Mexicana. TEPJF, México.
García Prince, Evangelina (2008). Políticas de Igualdad, Equidad y Gender Mainstreaming ¿De qué estamos hablando?: marco Conceptual, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, San Salvador.
Hernández Monzoy, Andira (2011). Equidad de género y democracia interna de los partidos políticos. Temas selectos de Derecho Electoral, TEPJF, México.
Rodríguez Zepeda, Jesús (2013). “La acción afirmativa, la cuota de género en la representación política y el derecho humano a la no discriminación”, en: Retos a 60 años de la aprobación del voto de las mujeres en México, IFE, México.
Normatividad
Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos (CAFDH).
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Declaración Americana de los Deberes y Derechos del Hombre (DADH).
Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
LGIPE. Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIPE_100914.pdf.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/172_270614.pdf.
Sentencias
SUP-JDC-1013/2010
SUP-JDC-4984/2011
SUP-JRC-195/2012
SUP-JDC-205/2012
SUP-JDC-61/2013
SUP-JDC-1080/2013 y acumulados
SUP-JDC-142/2014
SUP-JDC-1154/2014
SUP-JDC-2188/2014 y SUP-JDC-2189/2014 acumulados
SUP-JDC-2592/2014
SUP-JDC-2605/2014
SUP-JDC-2609/2014
SUP-JDC-2627/2014
Sitios web
http://datos.bancomundial.org/indicador/SP.POP.TOTL.FE.ZS/countries?display=graph
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5283959&fecha=02/01/2013
http://genero.ife.org.mx/docs/nota_abriendo-caminos_oct2011.pdf
http://www.ine.mx/archivos2/portal/Estados/OPL/
http://www.ine.mx/archivos2/s/OPL
/pdf/ConsejerosDesignadosOPLEs.pdf
Política propuesta para revistas de acceso abierto
La revista estará bajo una licencia Creative Commons. Estará permitida la reproducción y difusión de los contenidos de la revista para fines educativos o de investigación, sin ánimo de lucro, siempre y cuando éstos no se mutilen y se cite la procedencia y la autoría.
La revista no tiene carácter comercial, razón por la cual las colaboraciones no son retribuidas económicamente.
Las/os autoras/es que publiquen en la revista aceptan las siguientes condiciones:
- El envío de cualquier colaboración a la revista implicará la aceptación de lo establecido en los presentes lineamientos y la concesión de la propiedad de los derechos patrimoniales (atendiendo lo establecido en la fracción segunda de este apartado) para que su artículo y materiales sean reproducidos, publicados, editados, fijados, comunicados y transmitidos públicamente en cualquier forma o medio; sean difundidos de forma pública en distintas modalidades, así como puestos a disposición del público por medio de recursos electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología para fines exclusivamente científicos, culturales, de difusión y no lucrativos.
- Las/os autoras/es conservarán sus derechos morales. Las/os autoras/es deberán firmar una declaración de originalidad unavez que su original haya sido aceptado. En el caso de coautorías bastará la firma de uno de los autores, en el entendido de que éste ha obtenido el consentimiento de los demás colaboradores.
- Las autoras y autores podrán realizar otros acuerdos contractuales independientes y adicionales para la distribución no exclusiva de la versión del artículo publicado en la revista (por ejemplo, incluirlo en un repositorio institucional o publicarlo en un libro) siempre que indiquen claramente que el trabajo se publicó por primera vez en la revista.
- Se permite y recomienda a las/os autoras/es publicar su trabajo en Internet (por ejemplo, en páginas institucionales o personales) una vez que haya sido publicado en la revista, ya que puede conducir a intercambios productivos y a una mayor y más rápida difusión del trabajo (The Effect of Open Access). Para ello, siempre será necesario que indiquen claramente que el trabajo se encuentra publicado en la revista y se realice un redireccionamiento electrónico.
- El tratamiento de los nombres y las direcciones de correo electrónico, así como otro dato personal, proporcionados por los particulares se sujetará a lo establecido en el Aviso de Privacidad de la SOMEE.
Fuente: Lineamientos para la integración, evaluación, edición y difusión de la RMEE.